miércoles, 7 de mayo de 2008

Requisitos para exportaciones de carne

El Presidente de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, Ricardo Echegaray, firmó los requisitos que deberán cumplir los productores para vender carne al exterior.

El objetivo de las medidas es garantizar el abastecimiento interno de los cortes populares, tal como se comprometieron los productores rurales la semana pasada, en uno de los encuentros que mantuvieron con el jefe de Gabinete, Alberto Fernández.
Para ello, la ONCCA definió 4 puntos que los empresarios deberán informar mediante una declaración jurada.

Estos son: capacidad de almacenamiento de la producción; stock de producción; encaje productivo exportador (plataforma mínima de la capacidad de almacenamiento de la producción); remanente exportable (resultante positiva emergente del stock de producción deducido el encaje productivo exportador).
Así, el establecimiento que desee exportar debe informar a la ONCCA el tonelaje neto de producción cárnica que tiene en existencia, al que se le restará el "encaje productivo exportador" que se establece en un 75% de la capacidad de almacenamiento de producción del frigorífico. En consecuencia, la ONCCA sólo autorizará operaciones por el "remanente exportable".

Por caso, si un frigorífico posee una capacidad de almacenamiento de 100 toneladas y un stock existente de 90 toneladas, su encaje productivo exportador será de 75 toneladas y su remanente exportable de 15 toneladas.

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