Decreto 462/2025 – Reforma Integral al Régimen Legal de Semillas y Cultivares en Argentina
El Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 462/2025, que introduce profundas modificaciones al marco normativo de semillas, con impacto directo en los derechos de propiedad intelectual sobre cultivares y la estructura institucional del sector.
– Disolución del INASE: El decreto dispone la disolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE), reasignando sus competencias técnicas, regulatorias y de fiscalización directamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Se actualiza el inciso e) del artículo 4° del Decreto 2817/1991, reforzando su rol en la elaboración de normas técnicas de calidad de semillas y desarrollos fitogenéticos y biotecnológicos.
– Declaración de 'Uso Público Restringido' de cultivares: Se habilita a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca a autorizar la explotación de un cultivar protegido cuando el titular del derecho no satisfaga adecuadamente la demanda pública en cantidad y precio razonable. La disponibilidad del cultivar será inmediata a partir de la declaración del PEN, sin que la negociación o litigio por la compensación al titular pueda demorar su acceso. El titular que se oponga podrá ser sancionado.
– Registro y condiciones técnicas: Las personas físicas o jurídicas interesadas en explotar el cultivar bajo esta figura deberán registrarse ante la Secretaría y ofrecer garantías técnicas suficientes.
– Autoridad de aplicación y régimen sancionatorio: La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía asume plenas funciones sancionatorias por infracciones a la Ley N.º 20.247, con posibilidad de interposición de recurso de reconsideración en el plazo de 20 días hábiles.
– Derogación normativa: Se derogan los artículos 6° al 8° y 32 al 34 de la Ley 20.247 y los artículos 2°, 3° y 5° al 17 del Decreto 2817/1991.
El INTA, como lo conocíamos, dejará de existir
El
histórico organismo dejará de ser autárquico y se convertirá en un ente
desconcentrado bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura. Cambios
en su conducción y críticas a su estructura.
El Gobierno Nacional avanza con su prometida transformación en la estructura del Estado. Es así que, a través del Decreto 462/2025, el Poder Ejecutivo dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) dejará de ser un organismo autárquico y pasará a funcionar como un ente desconcentrado dentro del Ministerio de Economía.
A partir de esta modificación, el INTA dependerá directamente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, aunque conservará sus funciones tradicionales en materia de investigación, innovación y asistencia técnica al sector agropecuario. No obstante, el decreto establece un cambio significativo en su conducción: el organismo será dirigido por un Presidente con rango de Secretario de Estado, asistido por un Consejo Técnico ad honorem, lo que implica una reformulación de su esquema de gobernanza.
La norma firmada por el Ejecutivo justifica la medida en la necesidad de "adecuar la dirección del organismo", y señala que el INTA presenta un "notorio sobredimensionamiento de su estructura" así como "deficiencias sustantivas en el proceso de seguimiento y monitoreo de convenios". Estos argumentos se alinean con los objetivos de la Ley N° 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que habilita al Gobierno a implementar reformas orientadas a reducir la burocracia estatal, optimizar recursos y fortalecer los mecanismos de control interno.
El decreto 462/2025, que redefine la estructura del INTA transformándolo en organismo desconcentrado bajo la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, no elimina ni modifica el rol de extensión técnica. Esto significa que las actividades relacionadas a la transferencia de tecnología, asistencia a productores y capacitación regional quedarán intactas y seguirán siendo parte del mandato del INTA.
Habrá cambios en cómo se gestionan estas tareas ya que la dirección del INTA, ahora a cargo de un Presidente con rango de Secretario de Estado, tendrá mayor responsabilidad directa sobre la planificación en extensión. El nuevo Consejo Técnico ad honorem asesorará sobre proyectos de investigación y extensión, permitiendo, en teoría, optimizar la coordinación y priorización de actividades de campo.
El decreto enfatiza mejorar el seguimiento y monitoreo de convenios, lo cual implica que los programas de extensión (muchos regulados por convenios con universidades, provincias y entidades privadas) tendrán controles más estrictos y rendición de cuentas para evitar duplicaciones, sobredimensionamiento y burocracia.
La reestructuración del INTA, fundado en 1956 y con fuerte presencia territorial en todo el país, representa un cambio profundo en el vínculo entre el Estado y el sistema científico-tecnológico del agro. Si bien desde el Gobierno aseguran que no se verá afectada la misión técnica del organismo, distintos sectores del ámbito agropecuario y científico observan con atención los posibles efectos de este rediseño institucional.