miércoles, 1 de noviembre de 2023

ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva por 'falso rotulado'.

El organismo publicó una disposición en el Boletín Oficial estableciendo la ilegalidad su comercialización en todo el país.


ANMAT prohibió la venta de un nuevo aceite de oliva.ANMAT prohibió la venta de un nuevo aceite de oliva.


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y comercialización de un aceite de oliva proveniente de Córdoba por considerar que "no contaba con la rotulación correspondiente".

La medida del organismo, que fue anunciada en el Boletín Oficial bajo la disposición 871/2023, estableció que era "ilegal", por lo que no puede comercializarse en tiendas físicas ni virtuales.

La investigación de ANMAT comenzó con una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, en la cual un procedimiento en un puesto de control bromatológico habpia sospechado de irregularidades en los registros.

En consecuencia, este mismo organismo cordobés decretó -a través de la Resolución N° 000119/2022- la prohibición de la elaboración, publicidad, comercialización y distribución en todo el territorio provincial y en las plataformas de venta electrónica del producto investigado.

El producto prohibido por ANMAT

El aceite de oliva prohibido por ANMAT.

El aceite de oliva prohibido por ANMAT.

El organismo descentralizado resolvió que el "Aceite de oliva-variedad arauco" de la marca “Olivos del Valle”, elaborado en la localidad cordobesa de El Portezuelo, no poseía la debida rotulación y etiquetado en sus envases.

De esta forma, ANMAT estableció que la prohibición se extiende a “cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Al mismo tiempo, expresaron que se prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 02440135 y RNPA 02430522, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.

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