Es para registrar contratos de exportación, y tener “prioridad” de autorización.
El flamante titular de la AFIP, Ricardo Echegaray (imagen) firm
ó antes de irse de la Oncca la Resolución 8590 con la cual se reglamenta el “Registro Único de Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías”. Se trata de un ROE único “para todos los Registros de Operaciones de Exportación (ROE ROJO, ROE VERDE y ROEL)” que funcionan bajo la órbita de la Oncca, según el texto de la norma.
El flamante titular de la AFIP, Ricardo Echegaray (imagen) firm
ó antes de irse de la Oncca la Resolución 8590 con la cual se reglamenta el “Registro Único de Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías”. Se trata de un ROE único “para todos los Registros de Operaciones de Exportación (ROE ROJO, ROE VERDE y ROEL)” que funcionan bajo la órbita de la Oncca, según el texto de la norma.El objetivo de la medida “es establecer un mecanismo que permitirá aumentar la previsibilidad de la actividad comercial exportadora”, indicaron desde la Oficina Nacional. Y a la vez se aclaró que el nuevo registro fue hecho “tomando en cuenta las inquietudes planteadas por los actores de la cadena agroalimentaria en los Foros realizados por la Oncca”.
Si bien desde el Organismo se aclara que la inscripción es optativa por parte de los interesados, quienes allí se registren tendrán prioridad cuando llegue el momento de autorizar exportaciones. En tal sentido la Resolución señala que los contratos de venta al exterior deberán registrarse en la Oncca. De tal suerte que las “operaciones registradas, gozarán de prioridad para la obtención de la autorización de exportación respectiva”.Así alguien quiere exportar un determinado volumen de cereal por caso, deberá presentar la documentación correspondiente a la Oncca que incluye obviamente una copia del contrato de compraventa con el importador o comprador certificada por escribano público.
Luego la Oncca autorizará o rechazará el trámite, en el lapso de 5 días hábiles.“El incumplimiento del contrato registrado, conforme a las condiciones y plazo pactados, importará la caducidad del registro y la perdida de la prioridad establecida”, se advierte en la Resolución. Pero la sanción podría alcanzar la inhabilidad del solicitante cuando la Oncca “determine que el incumplimiento afecta el prestigio de la industria o comercio de nuestro país”.Para asegurarse del cumplimiento de los contratos registrados “se aplicará un control a priori previo a la inscripción en el registro, y una fiscalización ex post, mediante el cruce de información con la Dirección General de Aduanas (DGA) y con las aduanas de destino de la mercadería” señalan desde el Organismo con las penalidades del caso si hubiera incumplimiento.

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